CON GRILLOS Y CADENA (II). ARBETETA, 1806

Ya vimos en la primera parte, como los alcaldes de Arbeteta, por un quítame allá esas pajas, ponían a cualquier vecino con grillos y cadena. En este caso que presentamos a los lectores, queremos mostrar cómo funcionaba la justicia local con un vecino más poderoso. Podemos imaginar cómo funcionaría con los humildes.

Tiburcio Mazarío Molina [1] es vecino y labrador de Arbeteta. Es una de las personas más influyentes de la Villa, sobre todo desde que el año anterior había fallecido Baltasar Carrillo Sicilia, su principal oponente. Los pleitos que se han mantenido en el pueblo en los últimos 20 años mantienen los rescoldos del rencor en 1806.

La era o el verano. 1786. Francisco de Goya. Museo del Prado. Madrid

Tiburcio acude en defensa de Tomás y Leandro[2], sus hijos, en la Causa que les ha formado el Alcalde Ordinario de Arbeteta, Antonio Belinchón López, de resultas de la quimera[3]  que tuvieron el día 9 de agosto de 1806 con su hijo Antonio. Es la época de la trilla, y en el pueblo reina una frenética actividad en torno a la cosecha del grano. Para la defensa recurre Tiburcio, el 12 de agosto, a Juan Eugenio Serrano y Lázaro, escribano del número de la Villa de Cañamares, para entregar un Pedimento destinado a los Alcaldes de Arbeteta, y firmado por el Licenciado D. Felipe Acero[4]. El Pedimento es el siguiente:

Vivienda de Tiburcio Mazarío. [5]
Macho mular.

“Por mis hijos Tomás y Leandro, menores de edad, ante Vmd., como mejor proceda, y sin perjuicio de las demás acciones y superiores recursos que me compitan (…) entre 8 y 9 de la noche del día 9 del corriente mes, estando mis hijos en las eras de pan trillar guardando los granos de mi cosecha, advirtió el Leandro que un macho libre y suelto se llegó al montón de mieses y grano que guardaba, a cuya virtud le tomó para traerle al pueblo, y encontrándose de paso con el hijo de Vmd. (el Alcalde), Antonio, también menor de edad, dijo:

  • Voy a ver si tu padre me hace justicia. (A que contestó:)
  • Mejor la hará que tu padre.

Sin embargo, de un insulto como éste, y a una injuria tan transcendental contra mi conducta en los años que he regentado Jurisdicción, la despreció, y dejando el macho en el pueblo se volvió a la era, y pasando por el mismo sitio que se dejó al Antonio, éste le dijo:

  • Anda, bruto.

Como esta infamia no es de las mayores, recaigo sobre la anterior, volvió a reconvenirle y se trabaron de palabras, de modo que hubieron de llegar a las manos, a que concurrió el otro hijo de Vmd., José.

Oído esto por Tomás, mi otro hijo, se llegó al sitio de la desazón, sino a retirar a su hermano, y la cosa quedó en este estado. Y ve Vmd. que éste es el suceso que no merecía aún estamparse en papel. Sin embargo, halló que se ha hecho tanto mérito como si hubiera sido un delito capital, pues veo a mis hijos privados de la libertad y de su honor, presos en la Real y Pública Cárcel (de Arbeteta), como a unos insignes malhechores, asegurado cada uno con su grillete al pie.

Edificio donde estaba la Real y Pública Cárcel de Arbeteta

yo que soy un hombre de edad avanzada, y un labrador de los mayores cosecheros del pueblo, privado de los auxilios de mis hijos, también labradores experimentados, y sufriendo los perjuicios que se dejan conocer con sólo atender del tiempo crítico de recolección de frutos, que me he visto precisado a acabar de abandonar para acudir a la defensa de las personas y honor de mis hijos, que me importa más que todo, habiendo llegado al extremo de haberles privado de oír misa el día 10. Al mismo tiempo hallo, que habiendo sido la contienda entre mi hijo Leandro y los de Vmd., haya entendido los procedimientos contra los míos (debía haber alegado incompatibilidad), y principalmente contra el Tomás, que no hizo otra cosa que separarlos. Y finalmente, que teniendo Vmd. tanto interés en el negocio, haya conocido en él. No obstante, no puede menos de recordar a Vmd. las Leyes que previenen a los Jueces, no sean fáciles en decretar prisiones, pues los perjuicios interpretables que llevan consigo, cuando sin causas suficientes (…) nada parece más justo que mis hijos se pongan inmediatamente en libertad y sin costa alguna, y que Vmd., como padre, corrija y amoneste al Antonio para que sea muy moderado en sus expresiones.

A Vmd. suplico se sirva así estimarlo, y de lo contrario, que no expreso y protesto la nulidad de cuanto Vmd. haya obrado y obrare en el asunto y la repetición de daños y perjuicios donde y contra quien haya lugar. A cuyo fin reservo copia de éste, que, aunque simple, obre los efectos que pueda. Pido Justicia con costas y juro lo necesario. Firmado: Tiburcio Mazarío y D. Felipe Acero.”

Segunda vivienda de Tiburcio Mazarío.

El Pedimento se presenta a Antonio Belinchón, y a su compañero, el otro Alcalde Ordinario, Pedro Costero. Entre ambos proveyeron el Auto siguiente: “Por presentado. Esta parte entregará 100 reales para que consulte el Pedimento anterior con abogados de las debidas circunstancias, y será el de más acomodo nuestro. Arbeteta, 12 de agosto de 1806.”

El mismo día 12, el notario Juan Serrano pasa a las Reales Cárceles de Arbeteta para comprobar el estado de los hermanos y expone: “…tienen por prisión en los pies ambos un mismo par de grillos, y en cada cárcel de dichos grillos, el uno en el pie derecho, y el otro en el izquierdo, de modo que uno sin otro no pueden moverse, ni hacer función alguna personal, padeciendo una notable incomodidad y penalidad”.

Grillos o grilletes

Tiburcio decide trasladarse urgentemente a Madrid. Allí le representa Manuel García Montenegro ante el Consejo de Castilla. El 16 de agosto de 1806 en Madrid, el dicho Manuel García, en nombre y con protesta de presentar Poder, en caso necesario, de Tiburcio Mazarío: “…Ante V.A. (narra lo expuesto anteriormente en el Pedimento)”. Varía esto de la anterior narración: “…hijo del Alcalde, llamado Antonio, con otros mozos, quien preguntó al Leandro:

  • ¿Dónde vas con ese macho?
  • A llevárselo a su dueño.
  • ¿Y para qué se lo llevas a su dueño?
  • O a tu padre, a ver si me hace Justicia

A lo cual volvió a contestar el Antonio, hijo del Alcalde, al de mi parte:

  • Mejor la hará que tu padre.”

Continúa la exposición:

“(…) haber experimentado y sufrido en la cárcel. Que dos hijos pequeños del Alcalde apedrearon a los de mi parte, a vista de su madre, que nada les decía, y antes bien, celebraba con risa la acción a presencia de la alguacila y una hermana suya, que les reconvinieron. Y ellos contestaron que su madre les estaba viendo y no decía nada, y el haber pasado y perdido 4 días en tiempo tan precioso para la recolección de sus frutos (…). Implora la Justicia del Consejo (de Castilla), daños y perjuicios. A Vuestra Alteza suplica se digne mandar librar Real Provisión, para que pueda mi parte retirarse a su pueblo. Que se encargue la Justicia más próxima a Arbeteta del ultraje hecho a sus hijos y honor.”

Se concede Licencia, y a disposición del Consejo de Castilla, para que se restituyan a su casa, y “se dé parte a la Justicia del pueblo más inmediato, siendo cierto ser incluidos los hijos del Alcalde de esta Causa. Y no habiendo efusión de sangre, ni otro exceso que el que refiere, la mofa de su poder, y la corte en el estado que se halla, sin molestar por ello a estos interesados en sus haciendas y bienes”.

Edificio construido por Tiburcio Mazarío, finales XVIII [6]

Se despachó el mismo día 16, Real Despacho:

“A vos la Justicia del pueblo más inmediato a la Villa de Arbeteta, salud y gracia: sabed que ante el nuestro Consejo se ha presentado el Pedimento siguiente: Visto por los de Nuestro Consejo por Decreto, hoy día de la fecha, hubieron por presentados a su disposición a los dos hijos de Tiburcio Mazarío, a quienes concedieron Licencia para que puedan restituirse libremente a su casa y domicilio, y se acordó expedir ésta mi carta.

Por lo cual os mandamos que, siendo cierto hallarse inculcados en la Causa que se refiere los hijos del Alcalde de la Villa de Arbeteta, que conoce de ella, y no habiendo resultado efusión de sangre, ni otro exceso o delito que el que se expresa, la recojan de poder de dicho Alcalde, y la citéis en el estado en que se halla, sin molestar por ello al nombrado Tiburcio Mazarío y sus dos hijos, en sus personas y bienes (…). Dada en Madrid, a 16 de agosto de 1806.”

En 7 días, del 9 al 16 de agosto, se resuelve el pleito. Debemos tener en cuenta el viaje que tuvo que hacer Tiburcio a Madrid, y el modo en que se hacía el viaje en esa época. En este caso la Justicia actuó con una rapidez y una diligencia que hoy con más medios nos resulta desconocida.

Dejamos para otra entrada de este blog a los descendientes de nuestros protagonistas: Tiburcio Mazarío y Antonio Belinchón , antepasados de muchos de nuestros vecinos.


[1] Archivo Histórico Nacional: AHN. CONSEJOS, Leg. 32136. Exp 14.

[2] Leandro Mazarío nace en Arbeteta en 1789. Su padrino fue D. Roque Gómez, abogado residente en Arbeteta.

[3] QUIMERA: pendencia, riña o contienda.

[4]  AHN. CONSEJOS, 12143, Exp.21: 1784. Felipe Acero Pareja, natural de Salmerón, graduado por la Universidad de Orihuela, solicita examen para recibirse de abogado.

[5] Testamento de Tiburcio 1788 » La casa de mi morada, sita en la plaza pública, linde con la Iglesia Parroquial, linda a mediodía con dicha plaza y al norte calle del Perchel»

[6], Testamento de Tiburcio 1788: » La cerca y la casa principiada a edificar en esta población, linde al Pósito Real¨.

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3 respuestas a CON GRILLOS Y CADENA (II). ARBETETA, 1806

  1. Moreno dijo:

    Eres fantástico Juan Luis que interés y ganas de hacer cosas por Arbeteta !! 👍👏👏👏 🤗

    Jaume

  2. Maricarmen dijo:

    Juan Luis, como siempre, muy interesantes e ilustrativos los artículos con los que nos deleitas en
    “Villa de Arbeteta”.
    Que no decaiga tu animo para seguir con este gran trabajo divulgativo.

  3. Amparo Machado dijo:

    A veces pensamos que cualquier tiempo pasado fue mejor …
    Vuestro articulo nos demuestra como funcionaba la justicia local. La sociedad evoluciona, la arrogancia del poder permanece.
    Gracias por este articulo.

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